5 preguntas sobre la legislación de productos fertilizantes
Los fertilizantes, comúnmente denominados abonos, están compuestos por sustancias orgánicas o inorgánicas, cuyo contenido lo forman nutrientes. El objeto es satisfacer las condiciones naturales que nutren el cultivo, mejorar la calidad nutricional de los elementos del suelo y estimular el ritmo de crecimiento de la planta.
El uso de fertilizantes en una práctica común en la agricultura. Consecuencia de ello, la Unión Europea regula la libre producción y comercialización de fertilizantes con la normativa CE 2003/2003. Paralelamente, cada país tiene su legislación complementaria en materia de fertilizantes, donde contempla otros abonos, enmiendas, organominerales, correctores y abonos especiales. En España lo regula el Real Decreto vigente 824/2005 sobre productos fertilizantes.
Por tanto, coexisten ambas legislaciones en los países socios de la UE: una legislación europea que engloba los abonos CE y otra nacional de cada país que regula aquellos que no incluye la primera, informa ActualiaGrupo
¿A quién afecta el Registro de Productos Fertilizantes?
La inscripción en el registro de productos fertilizantes afecta a todo fabricante que quiera poner en el mercado abonos orgánicos, abonos órgano-minerales y enmiendas orgánicas.
El fabricante es toda persona física o jurídica, con delegación en España, que actúe como productor, importador envasador, distribuidor o modifique las características del producto o envasado, para comercializar productos fertilizantes.
El fabricante es el responsable del cumplimiento de los requisitos legales del producto ante la Administración y ante los consumidores. Este cumplimiento está avalado por una certificación que garantiza el cumplimiento de las exigencias legales.
¿Hay que registrar todos los productos fertilizantes?
No. Deben estar inscritos en el Registro de productos fertilizantes de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente los productos fertilizantes con componentes orgánicos incluidos en alguno de los grupos del RD 506/2013: los abonos orgánicos (grupo 2), los abonos organominerales (grupo 3) y las enmiendas orgánicas (grupo 6). Asimismo, debe inscribirse la renovación, revisión o cualquier otra modificación de la inscripción, así como su cancelación o extinción de un producto fertilizante.
¿En qué laboratorios se deben analizar los productos fertilizantes?
El laboratorio debe tener una autorización para el control de calidad de los abonos. Además, deben cumplir con los métodos analíticos recogidos en la legislación de productos fertilizantes.
No todos los laboratorios están especializados en el análisis de abonos. El departamento de consultoría de ACTUALIA colabora con entidades oficiales, y por tanto, ofrece el servicio de análisis de fertilizantes.
¿Cómo cumplir con la legislación de productos fertilizantes?
Los fabricante de productos fertilizantes tienen la obligación de cumplir con la legislación vigente en el ámbito de fertilizantes. Sin embargo y debido al entramado legislativo es recomendable la contratación de asesores especializados que aseguren el cumplimiento del Real Decreto 506/2013 de productos fertilizantes.
Desde ACTUALIA ofrecemos el servicio de consultoría para la elaboración, presentación y seguimiento de la legislación relacionada con los registro de fertilizantes.
Nos adaptamos a las necesidades concretas de cada cliente, realizando un plan personalizado. Además, siempre que se requiera, los consultores acompañamos a la empresa contratante durante todo el proceso de inspección sanitaria.
La contratación del servicio de asesoramiento de fertilizantes reporta al cliente un ahorro en tiempo y costes, al evitar una presentación incorrecta de las exigencias marcadas. Asimismo, desde ACTUALIA informamos de las modificaciones y nueva legislación que afecte directamente a nuestros clientes.
Cambios legislativos en el ámbito de fertilizantes
La Asociación Nacional de Fabricantes de Fertilizantes (ANFFE) expone la necesidad de modificar algunos aspectos importantes de la legislación vigente. Por ejemplo, la definición de “fertilizantes”, al no presentar distinción clara entre los “fertilizantes que aportan nutrientes” y “otros productos que mejoran la nutrición”, pudiendo producir confusión. La Asociación también considera excesivos los límites para los abonos minerales con fósforo, pues no se basan en ninguna justificación con base medioambiental o científica, entre otros.
Por todo ello, el 26 de mayo de 2017 se aprobó la modificación de la norma de productos fertilizantes. La evolución y el desarrollo del mercado y sociedad generan la necesidad de actualizar la normativa, tal y como se ha hecho recientemente.